La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó ayer domingo el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en favor de cinco ciudadanos colombianos expulsados del territorio nacional por la Subsecretaría del Interior y Seguridad Pública, luego de agredir a carabineros junto a otros seis individuos, también de nacionalidad colombiana.
Sin embargo, el tribunal de alzada suspendió la ejecución de la expulsión, mientras se mantengan vigentes las medidas cautelares dictadas por el Juzgado de Garantía de la ciudad.
En fallo dividid, la Primera Sala rechazó la acción constitucional de amparo preventivo, al no advertir actuar ilegal o arbitrario en la autoridad recurrida que amenace la libertad de los amparados.
Para el tribunal de alzada, «no se advierte por estos sentenciadores la existencia de algún actuar ilegal o arbitrario en la dictación de las órdenes de expulsión a través de las resoluciones exentas previamente señaladas, toda vez que las mismas se encuentran debidamente fundamentadas, siendo dictadas por la autoridad competente y en uso de las facultades entregadas por ley para ello”.
Sobre la expulsión, los jueces indicaron que “no obstante lo anterior, y en el mismo sentido indicado en la causa de amparo individualizada previamente, esta Corte estima que no se puede desatender el mandato legal que impone el artículo 135 de la ley N°21.325, norma que ordena la suspensión de la ejecución de cualquier tipo de orden de expulsión en los casos en que se encuentren vigentes resoluciones judiciales que impidan salir a los amparados del país o que se encuentren bajo custodia de Gendarmería de Chile por alguna causa legal”.