Tras constatar la falta de imparcialidad de uno de los jueces, la Corte Suprema acogió el recurso de nulidad de la defensa y le ordenó al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco la realización de nuevo juicio, por jueces no inhabilitados, en contra de Martín Nicolás Ignacio Pradenas Dürr, quien fue acusado por el Ministerio Público como autor de dos delitos consumados de violación de mayor de 14 años, cuatro delitos consumados de abuso sexual de mayor de 14 y un delito consumado de abuso sexual de menor de 14 años, todos estos Ilícitos perpetrados entre noviembre de 2010 y septiembre de 2019, en Pucón.
En fallo dividido, la Segunda Sala no cuestiona el fondo de la resolución, como lo son las pruebas rendidas, la participación atribuida al acusado y la perspectiva de género plasmada en la resolución del caso, sino la vulneración a la garantía del “juez imparcial”, debido a que uno de los integrantes del TOP de Temuco realizó comentarios en sus redes sociales mientras se desarrollaba el juicio oral.
La resolución de la Corte Suprema implica que Pradenas Dürr deberá permanecer en prisión preventiva a la espera de la realización del nuevo juicio.
Además, la Sala dispuso que la Corte de Apelaciones de Temuco instruya una investigación sumaria respecto del Juez Leonel Torres Labbé, para determinar una eventual responsabilidad disciplinaria en su actuar durante el juicio.
El cuestionado magistrado publicó el 22 de julio de 2022 en su cuenta de Instagram -en medio del juicio oral- «A ponerse la camiseta de ‘cazador implacable’ pero de buenos argumentos !!!!!».
«(…) enunciado que en consideración a su literalidad y el contexto en el que se efectúa, no puede ser considerada como inocuo o no concluyente, pues la alegoría realizada al conocido filme, bien puede inferirse su postura o actitud frente a los hechos del caso que le ocupan: ‘cazador implacable’, indicio que por sí solo constituye un elemento objetivo suficiente para sembrar sospechas en relación a la ausencia de objetividad del Juez Torres Labbé’», dice parte del fallo de la Suprema.
Fuente: Poder Judicial